Ante todo, reciba un cordial saludo de parte de un servidor y de grupos de laicos de esta Arquidiócesis de México. El Espíritu Santo lo ilumine a lo largo de su delicada labor al frente de una Iglesia que es privilegiada por la presencia viva de la Santísima Virgen María de Guadalupe en la Ciudad de México.
En la revista Proceso, en Infovaticana y en diversos medios y redes, se han publicado varios cuestionamientos respecto al nuevo manejo de la Arquidiócesis que, a nuestro modo de ver, son solo secundarias, administrativas e intrascendentes. En cambio, consideramos que la más delicada interrogante es la referida al hecho de que, el 19 de marzo de 2016, fue publicada en Roma la Exhortación Apostólica Amoris Laetitia, sobre algunos aspectos doctrinales y pastorales respecto al matrimonio y a la familia, los cuales atañen a todos nosotros en lo más preciado, que es nuestra fe.
En el mes de septiembre de 2016, los cardenales Brandmüller, Burke, Caffarra y Meisner, hicieron pública una carta, enviada tres meses antes a Francisco I, pero de la cual no tuvieron ninguna respuesta, pidiéndole una clarificación doctrinal sobre las afirmaciones contenidas en el capítulo 8 de su Exhortación, ya que éstas aparentan estar en contradicción con las enseñanzas de Cristo, de las Escrituras, de la Tradición y de lo establecido en documentos papales previos, como la Encíclica Veritatis Splendor y la Exhortación Apostólica Familiaris Consortio del Papa San Juan Pablo II.
A falta de una respuesta por parte de Francisco, a esas Dubia se sumaron después otros jerarcas y teólogos, suscribiendo lo que se convertiría en una “Corrección Filial”, con la certeza de que lo afirmado en Amoris Letitia merecía una llamada de atención de los fieles por no corresponder a la fe católica y por no haber ninguna rectificación por parte de Francisco.
A finales de febrero de 2018, ya se habían sumado 32 altos prelados (entre ellos 15 cardenales) a esa “Corrección Filial” dirigida a Francisco. Después de ésta, se añadió otro documento público, la “Profesión de Verdades Inmutables”, remitida a Francisco I por los obispos de Kazajistán (Peta, Lenga, Schnider) en una nueva refutación a los argumentos de Amoris Letitia, la cual abre la puerta a la comunión sacramental a los divorciados vueltos a casar.
En otro asunto, pero que igualmente tiene que ver con la comunión sacramental, el 20 de febrero de 2018, la Conferencia Episcopal Alemana aprobó con mayoría relativa un manual pastoral de instrucciones que establecen por qué se debería permitir la comunión eucarística de los protestantes casados con católicos, lo cual está prohibido por el Derecho Canónico. El 22 de marzo de 2018, siete de los trece obispos, entre ellos el Cardenal de Colonia, Rainer Woelki, remitieron al prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe una carta rechazando la intercomunión y pidiendo una aclaración. El 5 de mayo de 2018, el cardenal holandés Willem Eijk, arzobispo de Utrecht, en una carta abierta instó a Francisco a proporcionar claridad, explicando que tanto el Catecismo de la Iglesia Católica como el Derecho Canónico no permiten la intercomunión con los protestantes.
En otro tema, el 19 de mayo de 2018 mayo, el periódico El País entrevistó a Juan Carlos Cruz, supuestamente abusado sexualmente por un sacerdote chileno y le preguntó si, entre las conversaciones que tuvo con Francisco I la semana previa, hablaron acerca de su homosexualidad. Cruz refirió que sí, y añadió que Francisco le dijo: “que tú seas gay, no importa, Dios te hizo así”, afirmación que nunca fue desmentida por El Vaticano.
Tal aseveración es muy grave, pues constituye a Dios como causa del pecado de sodomía, el cual es contradictoriamente condenado por las Escrituras: “hombre y mujer los creó” (Gen 1, 27) y “Ni los adúlteros, ni los afeminados, ni los homosexuales entrarán al Reino de los Cielos” (1 Cor 6, 9).
El 3 de febrero anterior, el Cardenal Reinhard Marx, cabeza de los alemanes modernistas, había propuesto públicamente que los sacerdotes deberían de realizar ceremonias de bendición a las parejas homosexuales en la Iglesia, lo cual revela que la postura personal de Francisco I ha permeado ya en ciertos sectores de la Iglesia.
En vista de la situación de confusión que se ha suscitado entre los laicos acerca de estos tres temas, queremos preguntar a Usted a qué doctrina debemos atenernos: si es que la Iglesia aún enseña la realidad de la moral objetiva, si es posible seguir confiando en las Sagradas Escrituras, y si el Magisterio auténtico de los Papas anteriores puede seguirse considerando como guía moral. Esto porque nos parece muy grave que una ética casuística pudiera irse imponiendo en la praxis, y que el “discernimiento de situaciones particulares” promovido por Amoris Laetitia, que toca indirectamente también las discusiones sobre la intercomunión con los protestantes, o la aprobación de parejas homosexuales en la Iglesia, pueda opacar la realidad moral de los actos intrínsecamente pecaminosos. ¿O es que sí podemos admitir excepciones bajo diversas circunstancias subjetivas como proclamado por Francisco? Con las preguntas que enseguida le planteamos, solicitamos una atenta guía pastoral y doctrinal para todos nosotros, misma que le sugerimos sea dada a conocer para todos en el Semanario de la Arquidiócesis.
Nos dirigimos a Usted conscientes de su preocupación solícita por la rectitud doctrinal de la grey católica en los diversos grupos laicales que Usted ha tenido a bien orientar, y en la certeza de que, confirmar en la fe a la grey, significa disipar dudas y traer claridad. Solo el servicio de clarificar la fe puede generar unidad en la Iglesia.
En tal entendido, nos hacemos eco de las preguntas presentadas a Francisco I por ilustres obispos, cardenales y teólogos católicos, a las que se han ido sumando centenares de sacerdotes inquietos por la situación de dos Papas y dos doctrinas discordantes que se vive actualmente en la Iglesia, y nos permitimos plantearle a Usted, respetuosamente, en esos mismos términos, las siguientes 10 preguntas que rogamos sean respondidas públicamente, a fin de despejar la grave confusión que se ha suscitado entre los fieles:
1. ¿Debemos entender, siguiendo las afirmaciones de Amoris Laetitia (300-305), que a partir de ahora es posible dar la absolución en el sacramento de la penitencia y admitir a la sagrada comunión a una persona que, estando sujeta por una unión matrimonial válida, vive con una persona diferente more uxorio (como si estuvieran casados, incluyendo las relaciones sexuales) sin cumplir con las condiciones provistas en Familiaris Consortio 84 (que nos indica el requisito de terminar la relación adúltera separándose o viviendo como hermanos por razones graves, como la crianza de los hijos) reafirmadas luego por Reconciliatio et Paenitentia 34 y Sacramentum Caritatis 29, y se puede aplicar la expresión “en ciertos casos”, encontrada en la nota 351 (n. 305) de Amoris Laetitia, a personas divorciadas que están en una nueva unión y que continúan viviendo more uxorio?
2. Después de la publicación de Amoris Laetitia (n. 304), ¿debemos seguir considerando válida la enseñanza de la encíclica de Juan Pablo II, Veritatis Splendor 79, basada en las Sagradas Escrituras y en la Tradición de la Iglesia, sobre la existencia de normas morales absolutas que son obligatorias sin excepción y que prohíben actos intrínsecamente malos?
3. Después de Amoris Laetitia (301) ¿es aún posible afirmar que una persona que vive habitualmente en contradicción con un mandamiento de la ley de Dios, como por ejemplo el que prohíbe el adulterio (Mt 19:3-9), se encuentra en una situación objetiva de pecado habitual grave (Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Declaración, 24 de junio, 2000)?
4. Después de las afirmaciones de Amoris Laetitia (n. 302) sobre las “circunstancias que atenúan la responsabilidad moral,” ¿debemos seguir tomando como válida la enseñanza de la encíclica de Juan Pablo II, Veritatis Splendor 81, basada en las Sagradas Escrituras y la Tradición de la Iglesia, según la cual “las circunstancias o las intenciones nunca podrán transformar un acto intrínsecamente deshonesto por su objeto en un acto ‘subjetivamente’ honesto o justificable como elección”?
5. Después de Amoris Laetitia (n. 303) ¿debemos considerar todavía válida la enseñanza de la encíclica de Juan Pablo II, Veritatis Splendor 56, basada en las Sagradas Escrituras y en la Tradición de la Iglesia, que excluye una interpretación creativa del rol de la conciencia, y que enfatiza que la conciencia jamás puede ser autorizada a legitimar excepciones a las normas morales absolutas que prohíben actos intrínsecamente malos en virtud de su objeto?
6. Si la Eucaristía es verdaderamente el signo y el instrumento de la unidad eclesial, entonces, si cambiamos las condiciones de la comunión eucarística, como es entender y aceptar la transubstanciación, ¿no estamos redefiniendo de hecho qué y quiénes son la Iglesia?
7. ¿Si la propuesta de intercomunión rompe el vínculo vital entre comunión y confesión sacramental y, presumiblemente no implica que los cónyuges protestantes deban confesar los pecados graves como preludio a la comunión, contradiciendo la práctica perenne y la enseñanza explícita de la Iglesia, del Concilio de Trento y del actual Catecismo de la Iglesia Católica, como también del Magisterio auténtico, podemos, en sus efectos, aceptar una protestantización de la teología católica sobre los sacramentos permitiendo la intercomunión en nuestra Arquidiócesis?
8. Si la enseñanza de la Iglesia puede ser ignorada o renegociada, incluso una enseñanza que ha recibido una definición conciliar (como en este caso, de Trento), ¿entonces todos los concilios pueden ser históricamente relativizados y renegociados acorde a la modernidad?
9. ¿Es necesario que quienes comulgan crean en la presencia real de Cristo en la Eucaristía? ¿No deberían compartir también la fe católica en el sacramento del orden y el sacramento de la confesión? Y si creen en todas estas cosas, ¿no se les debería invitar a ser católicos como manera de entrar en una comunión plena y visible de la Iglesia?
10. Si el acto homosexual es, según las Escrituras y la Tradición, un acto intrínsecamente perverso, por ser contra natura, ¿no es nuestro deber en la Arquidiócesis, adicionalmente a una pastoral caritativa, dedicada y respetuosa hacia las personas homosexuales, llamar también las cosas por su nombre, refrendar la doctrina católica respecto al acto homosexual, e invitar a las personas que sufren ese padecimiento, a la castidad y a acogerse a la pastoral de los homosexuales ofrecida desde hace años por la Iglesia fiel y el Evangelio?
Nos dirigimos a Usted conscientes de su preocupación solícita por la rectitud doctrinal de la grey católica en los diversos grupos laicales que Usted ha tenido a bien orientar en esta Arquidiócesis de México, y en la certeza de que confirmar en la fe significa disipar dudas y traer claridad. Solo el servicio de clarificar la fe puede generar unidad en la Iglesia.
No podemos saber si algún día Francisco I quiera responder a los cardenales y obispos que le han pedido clarifique abiertamente sobre estos temas, pero nosotros, laicos comprometidos en la difusión de la fe católica en nuestra Iglesia local, pedimos a Usted, en la caridad y en el respeto filial, una respuesta puntual a estas diez interrogantes esenciales, para saber cómo debemos actuar el testimonio de la fe en nuestros grupos de apostolado. Esa respuesta pudiera ser ofrecida en el Semanario Desde la Fe, sin necesariamente dar a conocer nuestras preguntas que originan esa publicación. Lo imprescindible es la pronta clarificación de la fe para todos los fieles que en Usted confiamos como eminente pastor de nuestra Iglesia local.
Estamos seguros de que, una respuesta clara a estos temas puede ofrecer, desde México, una luz clara y certera a la Iglesia y al mundo entero, sumidos hoy en la más penosa confusión moral y doctrinal.
Agradeciendo de antemano su atención a la presente me suscribo afectísimo en Cristo,
J. Alberto Villasana M.
Ciudad de México
15 de agosto de 2018
Fiesta de la Asunción de María
c.c.p. Marilú Esponda Sada